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El Gobierno amplía las medidas de revisión de los contratos públicos de obras afectados por la subida de precios de los materiales

La disposición excepcional incluye más materias primas y otorga una mayor flexibilidad en los plazos, aspectos que había demandado el sector de la construcción 

 

Noticia del sector

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) aprobó la pasada semana la ampliación de las medidas contempladas en el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, en relación a la revisión de precios de los contratos de obra pública, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. 

Entre otros aspectos, el Ejecutivo da respuesta a la petición generalizada del sector de la construcción en España, entre la que destaca la Confederación Nacional de la Construcción, extendiendo la revisión de precios para que se puedan incluir otros materiales afectados por el encarecimiento, así como otorgando una mayor flexibilidad en los plazos que entran dentro del perímetro de estudio.

Para el Mitma, debido a las actuales circunstancias, “es preciso ampliar las medidas establecidas en el Real Decreto-ley 3/2022, con el fin de evitar la paralización de las obras públicas en marcha, muchas de ellas financiadas mediante los fondos del Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia y sujetas, por tanto, a unos estrictos plazos de ejecución”. 

Más materiales y mayores plazos

Entre las nuevas medidas aprobadas por el Ejecutivo, se sitúa la ampliación del ámbito de aplicación de los contratos a los que se reconoce la revisión excepcional de precios, incluyendo los que se encuentren en alguna fase del proceso de contratación a la entrada en vigor del mismo, y también a aquellos cuya licitación se produzca en un plazo de un año desde su entrada en vigor. Quedan fuera de esta situación las entidades del sector público que operen en sectores regulados, cuyo régimen de inversiones se hubiera cerrado en los últimos nueve meses.

También se establece un plazo máximo de dos años como periodo de referencia para realizar el cálculo del reconocimiento del impacto directo y relevante del incremento de coste de los materiales en la economía del contrato, y fija la posibilidad de que se puedan determinar otras materias primas adicionales a las ya establecidas inicialmente, cuyo incremento de coste deba tenerse también en cuenta.

Por otra parte, se adaptan los criterios de cálculo a las circunstancias de los nuevos contratos incluidos en el ámbito de aplicación, de modo que se aplicará la revisión de precios desde el 1 de enero de 2021 o desde la primera certificación, si esta fuera posterior. Finalmente, se amplía el ámbito temporal en el que el contratista puede presentar esta revisión excepcional, en concreto, hasta que el órgano de contratación apruebe la certificación final de obras.

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